Seguramente mucho has escuchado sobre lo que es un testamento, pero ¿qué tanto sabes al respecto? En Fitz te ayudamos a entender un poco más sobre este tema.
En México, el Código Civil Federal (CCF) define el testamento como un acto personalísimo, revocable y libre, por medio del cual una persona capaz dispone de sus bienes, derechos y obligaciones para después de su muerte (Art. 1295).
Es un instrumento legal que se otorga ante un notario público, en el que se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán nuestros bienes y derechos cuando fallecemos.
- Personalísimo, porque quien lo realiza (en adelante el testador) es el único que lo puede hacer; es decir, no lo puede hacer a través de un apoderado.
- Revocable, porque todo testamento puede sustituirse por otro si el testador desea cambiarlo todo o en partes, siempre y cuando este otro cumpla con las formalidades de un testamento.
- Libre, en el sentido de que es solamente el testador quien decide qué es lo que quiere hacer con sus bienes y a quién desea dejarlos. No obstante, tiene obligaciones para las personas que dependen económicamente de él, como los hijos menores o los incapacitados.
El testamento debe efectuarse por una persona capaz de disponer de sus bienes; es decir, requiere ser mayor de edad y en pleno uso de sus facultades, pero claro, un menor emancipado también podrá testar.
Al contrario, no podrán testar los menores de edad, ni los mayores que tengan alguna incapacidad mental, caso en el que es mejor realizar el procedimiento judicial necesario para que sea declarado en estado de interdicción. Tampoco lo pueden otorgar las personas, que, siendo capaces, al momento de testar se encuentran bajo el influjo de drogas o el alcohol. En el supuesto de que alguna persona incapaz otorgue testamento, éste puede ser anulado por un juez una vez que sea probada la incapacidad.
El otorgamiento de testamento evita gastos mayores, pérdidas de tiempo y problemas en las familias. Cuando elaboramos uno, heredamos también tranquilidad a nuestros seres queridos, porque cuando existe un testamento no hay necesidad de pasar por un juicio sucesorio testamentario que, dicho sea de paso, es caro, tedioso y largo.
Con el testamento, al fallecer el testador los bienes pasarán más fácilmente y de forma inmediata a las personas que el mismo testador quiera y en la proporción que él mismo disponga, protegiendo con ello el patrimonio.