El Retiro de ahorro voluntario es un trámite mediante el cual el trabajador retira de manera parcial o total los recursos depositados en la subcuenta de Aportaciones Voluntarias de la cuenta de ahorro para el retiro. Seguramente has escuchado sobre él, y con gusto te decimos que no, ¡NO ES UN MITO! ¡Sí existe!
¿Quién solicita?
Trabajador o Beneficiario
Plazo de solución
5 días hábiles
¿Quién lo otorga?
Afore
Requisitos
- Que el Trabajador se encuentre registrado en la AFORE.
- Que el periodo transcurrido entre la fecha del primer depósito o el último retiro y la fecha de la solicitud sea conforme al plazo seleccionado (dependiendo de la AFORE).
- Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador o Expediente Móvil (en caso de realizar el trámite por AFORE Móvil) actualizado que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial y su comprobante de domicilio (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).
Para realizar el trámite necesitas:
- Acudir a cualquier sucursal de la AFORE que administra la Cuenta Individual y presentar:
- Solicitud de disposición de recursos debidamente llenada y firmada, que será proporcionada por la AFORE.
- Identificación oficial vigente
- Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite el Registro del Trabajador en la AFORE (Contrato de Administración de Fondos para el Retiro, Constancia de Registro o Traspaso, Carta de Bienvenida, consulta, resumen o certificación de saldos, detalle de movimientos o cualquier otro documento que contenga información de los saldos y movimientos de la Cuenta Individual).
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) (opcional).
*En caso de fallecimiento del Trabajador, las personas que el titular de la cuenta haya designado tendrán derecho a disponer de los recursos de sus Subcuentas de Aportaciones Voluntarias. A falta de la designación, tendrán derecho a disponer de ellas las personas que hayan sido acreditadas como Beneficiarios en la Resolución, Concesión de Pensión o Laudo que declare la calidad de Beneficiario.
- Para tramitar el retiro, adicionalmente a la documentación señalada en el numeral 1, los Beneficiarios deberán presentar:
- Formato de designación de Beneficiarios entregado en la AFORE o bien, la Resolución, Concesión de Pensión o Laudo que declare la calidad de Beneficiario.
- Copia certificada del acta de defunción del Trabajador.
- Identificación oficial vigente de la persona que inicie el trámite.
*Fuente: Consar.