El testamento es un acto personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz dispone de sus bienes y derechos, y declara o cumple deberes para después de su muerte.
En este documento, el testador expresa de manera clara y terminante su voluntad respecto de la manera en que se repartirán sus bienes una vez ocurrido su fallecimiento.
Los requisitos para otorgar testamento público abierto son los siguientes:
- Llenar una solicitud.
- Tener 17 años cumplidos.
- Estar en pleno uso de sus facultades mentales.
- Manifestar su voluntad claramente.
- Si el testador lo desea, puede elaborar una relación de los bienes que va a dejar en herencia y su ubicación. Estos datos no son necesarios si se nombra a un heredero universal.
- Proporcionar sus datos generales: nombre(s); apellidos paterno y materno; fecha y lugar de nacimiento; nacionalidad: estado civil y, en caso de ser casado, determinar bajo qué régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes); ocupación; y domicilio actual.
- Presentar copia de su acta de nacimiento.
- Presentar original y copia de una identificación oficial con fotografía y firma:
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- Pasaporte
- Certificado de Matricula Consular
- Cartilla del servicio militar
- Licencia de conducir
- Proporcionar los nombres de los padres, cónyuge, e hijos (incluso si han fallecido), y sus fechas y lugares de nacimiento.
- Comunicar el nombre de la persona que designará como albacea.
- Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.
*Fuente: Gobierno de México