El retiro parcial por desempleo IMSS es un trámite mediante el cual el Trabajador puede hacer un retiro parcial de su Cuenta Individual por situación de desempleo que, según la modalidad que aplique, puede ser equivalente a: 

  1. Modalidad A: 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.
  2. Modalidad B: Lo que resulte menor entre 90 días del Salario Base de Cotización del Trabajador en las últimas 250 semanas o las que tuviere y el 11.5 % de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

Este trámite es otorgado por el IMSS y la afore, y para hacerlo necesitas cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener al menos 46 días en situación de desempleo.
  2. Tener una Cuenta Individual registrada en una AFORE.
  3. No haber ejercido este derecho durante los 5 años anteriores al trámite.
  4. Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del Trabajador, su identificación oficial, su comprobante de domicilio y la captura de sus huellas digitales (véase “Generación de Expediente de Identificación del Trabajador”).
  5. Para ejercer la Modalidad A, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta.
  6. Para ejercer la Modalidad B, el Trabajador deberá tener una Cuenta Individual con 5 años o más de haber sido aperturada.

Para hacerlo también debes considerar estos aspectos:

  • Al realizar un retiro parcial por desempleo, el IMSS efectuará un descuento de semanas cotizadas que será proporcional al monto de los recursos retirados de la subcuenta de RCV. Las AFORE deberán asegurarse que el Trabajador conozca las implicaciones de realizar este tipo retiro y manifieste que está consciente de ellas en el anexo de la solicitud. Las semanas cotizadas podrán ser recuperadas realizando aportaciones parciales o totales a dicha subcuenta.
  • Para el caso de los Trabajadores que obtengan el derecho a retirar los recursos en mensualidades, la AFORE entregará los recursos correspondientes a la primera mensualidad (la cual podrá ser por un monto de 30 días de su último Salario Base de Cotización a solicitud del Trabajador) y las AFORE deberán cerciorarse del estado de desempleo del Trabajador, previo a realizar el pago de cada mensualidad subsecuente. Es recomendable que el Trabajador solicite información sobre las fechas de los próximos pagos para que, en caso de persistir el estado de desempleo, pueda enterarlo a la AFORE y tramite el pago correspondiente.
  • Para que el Trabajador pueda recibir los pagos subsecuentes deberá acudir a la AFORE dentro de los 5 días previos o posteriores a la fecha de pago para manifestar, bajo protesta de decir verdad, que aún se encuentra desempleado para que pueda recibir los pagos subsecuentes. Si tu AFORE está vinculada en AFORE Móvil www.gob.mx/aforemovil podrás manifestarlo sin la necesidad de acudir a alguna sucursal.
  • En los casos en que el Trabajador tenga derecho a la Modalidad B, solicite que el primer pago sea equivalente a 30 días de su último Salario Base de Cotización y el monto remanente a pagar sea menor o igual al 20 por ciento del pago total, las AFORE podrán pagar todo el remanente en una segunda exhibición, siempre que así lo manifieste el Trabajador.
  • El pago de las mensualidades subsecuentes de la modalidad B se suspenderá si el Trabajador se reincorpora al Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social o si traspasa su cuenta a otra AFORE antes de cumplirse los pagos.
  • El trámite de Pre-solicitud de Retiro Parcial a través del portal e-SAR es necesario.

 

*Fuente: Consar.